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Viernes, 14 de marzo de 2014   |  Número 57
actualidad
CON MÁS DE 5 AÑOS DE RESIDENCIA Y SIN SEGURO
Isfas limita a 5.200 euros persona/año la asistencia en el extranjero
Adapta su normativa a la asistencia sanitaria transfronteriza

Redacción. Madrid
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la nueva regulación de la asistencia sanitaria en el extranjero establecida por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Isfas), que aborda servicios a causa de enfermedad, accidente y parto.

Soledad Álvarez de Miranda.

La regulación hace su principal distinción haciendo referencia al tiempo de estancia en el país de destino. En ese caso, el instituto se encargará de cubrir la asistencia en los límites marcados por la Cartera común de Servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS). Pasado ese periodo de tiempo, los beneficiarios deberán suscribir un seguro similar al del resto de la población, haciéndose Isfas únicamente cargo del pago de la cuota correspondiente a la póliza. En caso de no contar con un seguro la entidad continúa asumiendo los servicios establecidos, con la salvedad de que fija en 5.250 euros el límite de gasto por persona y año.

El texto, en el que se hace especial hincapié en la libertad de elección por parte del paciente, establece el reintegro de los gastos previa solicitud complementada con la documentación necesaria. Asimismo, se hace referencia a la asistencia sanitaria fronteriza, en cuyo caso se ha adaptado la normativa al Real Decreto 81/2014, de 7 de febrero. En virtud a ellos adopta la posibilidad de que un ciudadano que decida acudir a los servicios sanitarios de otro país miembro de la Unión Europea (UE) tendrá derecho al reembolso de los gastos ocasionados por dicha asistencia.

La ejecución del reembolso, que no se producirá en caso de sobrepasarse los límites establecidos por la Cartera común de Servicios del SNS entre otros motivos, se producirá bajo unos baremos establecidos. Así, el mayor reintegro es el ocasionado por la implantación de válvulas cardiacas con cateterismo en cirugía infantil, cifrado en 16.785 euros, seguida muy de cerca por la embolización por aneurisma cerebral (16.733).

 

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