Redacción. Madrid
La Mutualidad General Judicial (Mugeju) ha establecido el reglamento que regula la prestación de la asistencia sanitaria transfronteriza de los mutualistas adscritos a entidades médicas privadas. Se trata de un sistema de reembolso de gastos que los mutualistas tienen tres meses para reclamar.
Celima Gallego es gerente
de Mugeju.
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La normativa establece que será la mutualidad quien se encargue de reembolsar los gastos abonados hayan realizados por una asistencia sanitaria transfronteriza. Dichos gastos se cargarán a la entidad a la que el beneficiario esté adscrito sin tener en cuenta gastos relacionados como pueden ser alojamiento, viaje o necesidades especiales en casos de personas con discapacidad.
De cara a la prestación de servicios sanitarios en otros países miembros de la Unión Europea (UE), Mugeju establece que se requerirá de su autorización previa en aquellos casos que impliquen la pernoctación del paciente en el hospital durante, al menos, una noche. Dicho permiso se hace extensible a aquellas técnicas que, estando contenidas en la cartera común de Servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS) utilizan procedimientos o equipos médicos sumamente especializados, tienen un coste económico muy elevado o atienden a pacientes especialmente complejos. Entre ellas se encuentran la tomografía por emisión de positrones (PET), la reproducción humana asistida o la diálisis.
La resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) ofrece, además, el listado de precios por cada una de las intervenciones admitidas. De todas ellas la más cara es la relacionada con la donación de sangre de cordón umbilical, cuyo coste es de 21.000 euros. Le siguen en precio las válvulas cardiacas con cateterismo y la embolización de aneurisma cerebral, ambas por encima de los 16.000 euros.
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