El pasado 15 de febrero, Eva Muñoz abogada especialista en derecho laboral, socia de Antràs Abogados y asesora laboral de ACES, explicó en una sesión online organizada por ACES las últimas novedades introducidas en este ámbito, principalmente por el Real Decreto-Ley 32/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. En su intervención contó con el apoyo de Joan Deu, director del área laboral de ACES.
Eva Muñoz destacó lo que el legislador había priorizado en esta reforma, que es la práctica erradicación de la temporalidad. Según Muñoz, “esto implica un cambio de chip por parte de las empresas porque estas pueden ser objeto de sanciones por el fraude en esta cuestión, con multas importantes”. Muñoz señaló que la norma es muy reciente y que todavía hace falta clarificar muchos de sus aspectos de aplicación.
La asesora laboral de ACES estructuró su intervención en tres grandes bloques: la contratación y la subcontratación; la negociación colectiva y la jubilación.
En el primer bloque señaló que la apuesta por el contrato indefinido implica tener que justificar muy bien las causas de la temporalidad si se opta por esta modalidad. Por otra parte, desaparece el contrato por obra y servicio. La temporalidad queda reducida a circunstancias de la producción y a la necesidad de sustitución. Se reducen las posibilidades de concatenación de contratos temporales.
Eva Muñoz explicó en detalle los requisitos de las distintas tipologías de contratos y las implicaciones en la actividad empresarial y contestó a las preguntas realizadas por las personas que seguían la sesión a través de un chat en directo. También incorporó a su exposición el análisis de los nuevos contratos formativos y sus características más relevantes: el contrato de formación en alternancia y el contrato de formación para la obtención de la práctica profesional.
El bloque dedicado a los contratos se cerró con una evaluación de las condiciones de subcontratación en el nuevo contexto legislativo y los convenios aplicables.
En cuanto a la negociación colectiva, Muñoz destacó que en el sector sanitario son muy pocos los convenios de empresa y que el marco de referencia principal es el convenio del sector. Aun así, quiso glosar los cambios en la estructura de la negociación colectiva y aspectos como el apoyo del legislador a la prioridad del convenio del sector sobre el de la empresa y a la ultractividad.
En el último y tercer bloque, el de la jubilación, la abogada aclaró los últimos cambios en jubilación anticipada voluntaria (se penaliza aquella que se efectúe antes de la edad legal) y en la involuntaria. También se refirió a la jubilación demorada (aquí el objetivo es incentivar la jubilación que se produzca después de la edad legal) a la activa y la forzosa.