El intrusismo estético low cost entra ya por las redes sociales. Se está convirtiendo en una actividad clandestina, itinerante y extraordinariamente peligrosa. Basta abrir el móvil para que nos entren por Instagram anuncios que ofrecen “labios rusos”, rellenos faciales o infiltraciones, hoy en Bilbao, mañana en Málaga o este fin de semana en Madrid. Precios irresistibles, promesas espectaculares y ausencia absoluta de garantías. Llegan, actúan, cobran y desaparecen, dejando muchas veces daños irreversibles que las víctimas no tienen a quién reclamar.
La dimensión del problema del intrusismo es tal que el propio Gobierno ha reaccionado con el reciente Real Decreto 239/2026, que modifica el régimen de autorización de centros sanitarios. La norma parte de una constatación demoledora: los numerosos “eventos adversos graves” por actuaciones realizadas por personas sin titulación oficial ni competencias adecuadas. Por eso el nuevo artículo 7 del Real Decreto 1277/2003 obliga a todos los centros sanitarios a garantizar que la atención sea prestada exclusivamente por profesionales titulados y competentes, mantener expedientes actualizados de sus profesionales y reforzar las medidas de seguridad del paciente.
No se trata de burocracia, sino de seguridad sanitaria. Porque detrás de muchos anuncios aparentemente inocentes existe una realidad muy peligrosa: sustancias sin marcado europeo, productos cuya composición tóxica acaba certificando el Instituto Nacional de Toxicología, que se usan en tratamientos realizados en peluquerías, pisos turísticos o locales jamás autorizados como centros sanitarios.
Algunas corporaciones colegiales ya estamos combatiendo este fenómeno en coordinación con cuerpos policiales. Cuando detectamos publicidad sospechosa en redes sociales denunciamos antes de que lleguen aquí. La policía hace su trabajo, tiende sus redes y fruto de ello ya se han abierto varios procedimientos penales en los que, por cierto, el propio Colegio es acusación particular. Un resultado muy importante, el efecto disuasorio, es casi inmediato: desde las primeras actuaciones policiales prácticamente han desaparecido estas “giras” clandestinas por las zonas donde se les persigue.
Además, las responsabilidades no alcanzan solo al intruso. También a quienes colaboran facilitando locales o promoviendo la actividad. Porque permitir actividad sanitaria en un establecimiento no autorizado va más allá de la simple irregularidad administrativa: puede convertirse en cooperación con delitos de intrusismo, lesiones o incluso contra la salud pública.
Pero dejar la lucha contra el intrusismo solo en manos de los colegios profesionales puede acarrear consecuencias incómodas: la posible responsabilidad de las administraciones sanitarias cuando estos hechos ocurren de manera reiterada sin controles eficaces. El artículo 43 de la Constitución reconoce el derecho a la protección de la salud y obliga a los poderes públicos a tutelarla mediante medidas preventivas. Y la legislación sanitaria española atribuye expresamente a los poderes públicos funciones de autorización y deberes de inspección y garantía de calidad tanto en la sanidad pública como en la privada.
La jurisprudencia ya tiene mensajes claros. Desde el caso Maeso hasta resoluciones más recientes como el caso ALA OCTA, los tribunales recuerdan que cuando la Administración incumple sus deberes de inspección y control puede surgir responsabilidad patrimonial por los daños sufridos por los pacientes.
La conclusión de todo esto es clara. Acudir a un centro autorizado y ponerse en manos de profesionales titulados no es una recomendación estética: es una cuestión de seguridad y salud. En sanidad no existen atajos seguros, ni tratamientos milagrosos a domicilio, ni “chollos” inocentes. Cuando alguien ofrece actos sanitarios fuera de cualquier control, lo barato puede terminar resultando extraordinariamente caro. Para todos.